¿Qué es el RETA?
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El Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) es el sistema de la Seguridad Social en España diseñado para aquellos que realizan una actividad económica por cuenta propia. Este régimen asegura que los trabajadores autónomos tengan acceso a prestaciones sociales como jubilación, incapacidad temporal, maternidad y paternidad, entre otras.
¿Quién debe cotizar en el RETA?
Están obligados a cotizar en el RETA todas las personas que realicen de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción a contrato de trabajo. Esto incluye:
- Trabajadores autónomos individuales.
- Miembros de comunidades de bienes y sociedades civiles irregulares.
- Familiares de trabajadores autónomos que colaboren en el negocio familiar.
- Profesionales que ejerzan una actividad por cuenta propia y no estén integrados en el Régimen General.
Diferencias entre el RETA y el Régimen General
Las principales diferencias entre el RETA y el Régimen General son:
| Aspecto | RETA | Régimen General |
|---|---|---|
| Relación laboral | Por cuenta propia | Por cuenta ajena |
| Base de cotización | Elegida por el autónomo dentro de unos límites | Determinada por el salario |
| Prestaciones | Acceso a prestaciones con requisitos específicos | Acceso a prestaciones completas |
Derechos de los trabajadores en el RETA
Los afiliados al RETA tienen derecho a:
- Asistencia sanitaria.
- Prestaciones económicas por incapacidad temporal.
- Prestaciones por maternidad y paternidad.
- Pensión de jubilación.
- Prestaciones por cese de actividad.
Cuotas y bases de cotización en el RETA 2026
Desde el 1 de enero de 2026, las bases y cuotas de cotización en el RETA se determinan en función de los rendimientos netos mensuales del autónomo. A continuación, se presenta la tabla de tramos de cotización para 2026:
| Tramo | Rendimientos Netos Mensuales (€) | Base Mínima (€) | Base Máxima (€) | Cuota Mínima (€) | Cuota Máxima (€) |
|---|---|---|---|---|---|
| 1 | ≤ 670 | 653,59 | 718,94 | 205,88 | 226,47 |
| 2 | 671 - 900 | 718,95 | 900,00 | 226,47 | 283,50 |
| 3 | 901 - 1.166,70 | 849,67 | 1.166,70 | 267,65 | 367,51 |
| 4 | 1.166,71 - 1.300 | 950,98 | 1.300,00 | 299,56 | 409,50 |
| 5 | 1.301 - 1.500 | 960,78 | 1.500,00 | 303,00 | 473,00 |
| 6 | 1.501 - 1.700 | 960,78 | 1.700,00 | 303,00 | 536,00 |
| 7 | 1.701 - 1.850 | 1.143,79 | 1.850,00 | 360,00 | 583,00 |
| 8 | 1.851 - 2.030 | 1.209,15 | 2.030,00 | 381,00 | 639,00 |
| 9 | 2.031 - 2.330 | 1.274,51 | 2.330,00 | 401,00 | 734,00 |
| 10 | 2.331 - 2.760 | 1.356,21 | 2.760,00 | 427,00 | 869,00 |
| 11 | 2.761 - 3.190 | 1.437,91 | 3.190,00 | 453,00 | 1.005,00 |
| 12 | 3.191 - 3.620 | 1.519,61 | 3.620,00 | 479,00 | 1.140,00 |
| 13 | 3.621 - 4.050 | 1.601,31 | 4.050,00 | 504,00 | 1.276,00 |
| 14 | 4.051 - 6.000 | 1.732,03 | 5.101,20 | 546,00 | 1.607,00 |
| 15 | > 6.000 | 1.928,10 | 5.101,20 | 607,00 | 1.607,00 |
Es importante destacar que, además de la cuota base, se aplica el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que en 2026 es del 0,9% sobre la base de cotización. Por ejemplo, para la base mínima de 950,98 €, el MEI sería de aproximadamente 8,56 €, sumando a la cuota mensual.
¿Cómo darse de alta en el RETA?
Para darse de alta en el RETA, sigue estos pasos:
- Alta en Hacienda: Presenta el modelo 036 o 037 para darte de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores.
- Alta en la Seguridad Social: Presenta el modelo TA.0521 en la Tesorería General de la Seguridad Social o a través de su sede electrónica.
- Elección de la base de cotización: Selecciona la base de cotización dentro del tramo correspondiente a tus rendimientos netos previstos.
- Solicitud de bonificaciones: Si cumples los requisitos, solicita la tarifa plana u otras bonificaciones disponibles.
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Preguntas frecuentes sobre el RETA
¿Puedo cambiar mi base de cotización en el RETA?
Sí, puedes cambiar tu base de cotización hasta cuatro veces al año, eligiendo una base dentro de los límites establecidos para tus rendimientos netos.
¿Qué sucede si mis rendimientos netos varían durante el año?
Debes ajustar tu base de cotización en función de tus rendimientos netos. Es recomendable revisar y modificar tu base de cotización periódicamente para adecuarla a tus ingresos reales.
¿Existen bonificaciones para nuevos autónomos?
Sí, la tarifa plana ofrece una cuota reducida de 80 € al mes durante los primeros 12 meses para nuevos autónomos que cumplan ciertos requisitos.
¿Cómo se calcula el MEI en mi cuota de autónomo?
El MEI se calcula aplicando un 0,9% sobre tu base de cotización. Por ejemplo, si tu base es de 950,98 €, el MEI sería de aproximadamente 8,56 €.
¿Qué ocurre si no pago mi cuota de autónomo a tiempo?
El impago de la cuota puede generar recargos y, en casos prolongados, la pérdida de derechos a prestaciones. Es fundamental mantener al día tus pagos.
¿Puedo compatibilizar mi pensión de jubilación con una actividad por cuenta propia?
En ciertos casos, es posible compatibilizar la pensión de jubilación con una actividad por cuenta propia, aunque con limitaciones y requisitos específicos.
¿Qué es el cese de actividad y cómo se solicita?
El cese de actividad es una prestación económica para autónomos que cesan su actividad por motivos justificados. Se solicita a través de la mutua colaboradora con la Seguridad Social.
¿Cómo afecta el RETA a los profesionales que cotizan en mutualidades?
Recientemente, se ha aprobado una ley que facilita el acceso de mutualistas al RETA, permitiendo trasladar sus derechos económicos al sistema público de Seguridad Social.
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