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Adaptado a VeriFactu · RD-ley 15/202515 min · Guías

Guía completa para contabilizar la compra de un ordenador en 2026

Aprende a contabilizar correctamente la compra de un ordenador en 2026, incluyendo el tratamiento del IVA, asientos contables y amortización según la normativa española vigente.

V
VeriFactus
29 de junio de 2026
Guía completa para contabilizar la compra de un ordenador en 2026
Última actualización: 29 de junio de 2026. Este artículo refleja la normativa vigente tras el Real Decreto-ley 15/2025.

1. Consideraciones previas

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La adquisición de un ordenador es una inversión común en el ámbito empresarial y profesional. Antes de proceder a su contabilización, es esencial determinar si el equipo debe registrarse como un gasto o como un activo en la contabilidad de la empresa.

Diferenciación entre gasto y activo

Según el Plan General de Contabilidad (PGC), la clasificación depende del importe y la vida útil del bien:

  • Activo (Inmovilizado Material): Si el ordenador tiene un coste significativo y se espera que su uso se prolongue por más de un año, debe considerarse un activo no corriente. Esto implica registrarlo en el balance y amortizar su coste a lo largo de su vida útil.
  • Gasto: Si el coste del ordenador es reducido o su vida útil es inferior a un año, puede contabilizarse directamente como un gasto del ejercicio en la cuenta de pérdidas y ganancias.

Valoración según el PGC

El PGC establece que los activos deben valorarse por su precio de adquisición, que incluye:

  • Precio de compra: Importe pagado al proveedor.
  • Gastos adicionales: Costes directamente relacionados con la puesta en funcionamiento del activo, como transporte, instalación o configuración.

Por ejemplo, si adquieres un ordenador por 1.000 € y pagas 100 € por su instalación, el valor del activo será de 1.100 €.

2. Cuentas contables implicadas

Al contabilizar la compra de un ordenador, intervienen varias cuentas contables, entre las cuales destacan:

  • Cuenta 217 - Equipos para procesos de información: Se utiliza para registrar el valor de adquisición de los equipos informáticos.
  • Cuenta 472 - Hacienda Pública, IVA soportado: Registra el IVA soportado en la compra.
  • Cuenta 400 - Proveedores: Refleja la deuda con el proveedor en caso de compra a crédito.
  • Cuenta 572 - Bancos: Se utiliza para registrar el pago realizado si la compra es al contado.

3. Asientos contables

Dependiendo de si la compra se realiza al contado o a crédito, los asientos contables varían:

Compra al contado

Supongamos la compra de un ordenador por 1.000 € más un IVA del 21% (210 €), pagado al contado:

  
    Debe:
    217 Equipos para procesos de información: 1.000 €
    472 Hacienda Pública, IVA soportado: 210 €
    Haber:
    572 Bancos: 1.210 €
  

Compra a crédito

Si la compra se realiza a crédito, el asiento sería:

  
    Debe:
    217 Equipos para procesos de información: 1.000 €
    472 Hacienda Pública, IVA soportado: 210 €
    Haber:
    400 Proveedores: 1.210 €
  

Al realizar el pago al proveedor:

  
    Debe:
    400 Proveedores: 1.210 €
    Haber:
    572 Bancos: 1.210 €
  

4. Tratamiento fiscal: Deducción del IVA y amortización

Deducción del IVA

El IVA soportado en la compra de un ordenador destinado a la actividad empresarial o profesional es deducible en la declaración trimestral del IVA, siempre que el equipo esté afecto a la actividad y se disponga de la factura correspondiente.

Amortización fiscal

La amortización permite distribuir el coste del activo a lo largo de su vida útil. Según la normativa fiscal vigente en 2026, los equipos informáticos se amortizan aplicando un coeficiente máximo del 25% anual, con un período máximo de 8 años. Esto significa que puedes optar por amortizar el ordenador en un período comprendido entre 4 y 8 años, según tus necesidades fiscales.

Por ejemplo, para un ordenador de 1.000 €:

  • Amortización en 4 años: 1.000 € x 25% = 250 € anuales.
  • Amortización en 8 años: 1.000 € / 8 = 125 € anuales.

5. Ejemplo práctico de contabilización

Supongamos que una empresa adquiere un ordenador por 1.000 € más un IVA del 21% (210 €), pagado al contado, y decide amortizarlo en 4 años.

Asiento de compra

  
    Debe:
    217 Equipos para procesos de información: 1.000 €
    472 Hacienda Pública, IVA soportado: 210 €
    Haber:
    572 Bancos: 1.210 €
  

Asiento de amortización anual

Al cierre de cada ejercicio, se registra la amortización:

  
    Debe:
    681 Amortización del inmovilizado material: 250 €
    Haber:
    2817 Amortización acumulada de equipos para procesos de información: 250 €
  

Este asiento se repetirá anualmente durante 4 años hasta completar la amortización total del activo.

6. Preguntas frecuentes

¿Puedo deducir el IVA de un ordenador si lo uso parcialmente para mi actividad profesional?

Sí, pero solo podrás deducir el porcentaje del IVA correspondiente al uso profesional del equipo. Es fundamental justificar este porcentaje y disponer de la factura correspondiente.

¿Qué ocurre si vendo el ordenador antes de finalizar su amortización?

Deberás dar de baja el activo en tu contabilidad, registrar la amortización acumulada hasta la fecha y contabilizar la venta, reconociendo la ganancia o pérdida patrimonial correspondiente.

¿Es obligatorio amortizar un ordenador de bajo coste?

No, si el valor del ordenador es inferior a 300 €, puedes optar por amortizarlo libremente, deduciendo su coste íntegro en el ejercicio de la compra, siempre que el total de estas inversiones no supere los 25.000 € anuales.

¿Cómo afecta la compra de un ordenador usado a su amortización?

Los bienes usados pueden amortizarse aplicando el doble del coeficiente de amortización lineal máximo establecido para los bienes nuevos, reduciendo así el período de amortización a la mitad.

¿Qué documentación necesito para justificar la deducción del IVA y la amortización?

Es imprescindible contar con la factura de compra que detalle el importe, el IVA y los datos del proveedor. Además, debes registrar adecuadamente la operación en tu contabilidad.

¿Puedo cambiar el período de amortización una vez iniciado?

No, una vez elegido el período de amortización y registrado en la contabilidad, debe mantenerse constante durante toda la vida útil del activo.

¿Cómo afecta la compra de software asociado al ordenador?

El software se considera un inmovilizado intangible y se amortiza aplicando un coeficiente máximo del 33% anual, con un período máximo de 6 años.

¿Es necesario registrar la amortización mensualmente?

No es obligatorio, pero es recomendable realizar registros periódicos (mensuales o trimestrales) para reflejar con mayor precisión la depreciación del activo.

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Etiquetas:#contabilidad#amortización#IVA#ordenador#2026

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